ISSN 2444-3913

Red Iberoamericana de Toxicología y Seguridad Química

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Un 84% de la población española respira aire contaminado

8 julio 2009

Aire Limpio

Ecologistas en Acción ha presentado su informe sobre la calidad del aire en el Estado español durante 2008. Entre las conclusiones más relevantes del trabajo, se desprende que un 84% de la población respira aire que supera los índices de protección a la salud recomendados por la Organización Mundial de la Salud. Si nos atenemos a los límites de contaminación que marca la legislación, el porcentaje de la población afectado sería de un 35%, uno de cada tres españoles. El contaminante más problemático son las partículas en suspensión, mientras que el principal contaminador es el tráfico. Las Administraciones no están adoptando las medidas necesarias para reducir este grave problema.

El estudio realizado por Ecologistas en Acción analiza la calidad del aire que respira la práctica totalidad de la población española (46,1 millones de personas en enero de 2008). Los datos utilizados provienen de los que facilitan las Administraciones autonómicas a partir de sus redes de medición de la contaminación.

Descargar el documento completo (PDF).
Más información: http://www.ecologistasenaccion.org/

Categorías: Noticias

Curso de Toxicología Ambiental

26 junio 2009

toxicologia-ambiental

Descargar el programa completo (PDF).

Categorías: Cursos

Efectos en la salud y en el medioambiente de las sustancias de uso y consumo: perspectivas y desafíos

16 junio 2009

Cursos de Verano - Universidad de Alcalá

¡Últimas plazas!

La Universidad de Alcalá incluye, en su programa de Cursos de Verano 2009, los siguientes cursos sobre «Efectos en la salud y en el medioambiente de las sustancias de uso y consumo: perspectivas y desafíos«:

Más información: http://www2.uah.es/inorg/curso_verano/inicio.htm

Categorías: Cursos

Aprobado el Régimen Sancionador sobre el uso de Sustancias Químicas

15 junio 2009

  • El Gobierno aumenta el uso seguro y el respeto por el medio ambiente de las sustancias y productos químicos, de acuerdo a la legislación europea.
  • Las infracciones podrán ser sancionadas con multas que oscilan entre los 6.000 euros y 1.200.000 euros en función de la gravedad. Además, en los casos más graves la sanción podría incluir la clausura temporal de las instalaciones del fabricante o comercializador del producto.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se establece el régimen sancionador previsto en el Reglamento REACH del Parlamento Europeo y del Consejo.

Este Reglamento establece el marco europeo para la comercialización de sustancias químicas y fija un sistema integrado único para su registro, evaluación y autorización, con el objetivo básico de mejorar el conocimiento de estas sustancias y su control, lo cual supone una garantía para la salud y el respeto al medio ambiente.

El Reglamento REACH regula también la comunicación, la información de los peligros y la manera de utilizar las sustancias químicas de forma segura en toda la cadena de suministro.

El Proyecto de ley aprobado hoy establece el régimen sancionador básico en el caso de incumplimiento con las obligaciones establecidas en el Reglamento REACH. El texto especifica las infracciones en las que pueden incurrir los fabricantes, importadores y usuarios intermedios, que se podrán calificar como leves, graves y muy graves.

Entre ellas, destacan:

  • Comercializar sustancias químicas sin registro previo o sin la ficha de seguridad obligatoria.
  • La falta de implantación por el solicitante del registro o del usuario de las medidas de control del riesgo.
  • No conservar durante diez años la información necesaria para cumplir con las obligaciones del reglamento y ponerla a disposición de las autoridades competentes.

El Proyecto de ley también fija los órganos competentes en la instrucción de los procedimientos y las sanciones respectivas, que serán las Comunidades Autónomas donde se cometa la infracción, comunidades que también ejercerán las funciones de vigilancia, inspección y control.

Las cuantías de las sanciones dependerán de la gravedad de la infracción y pueden ascender oscilar entre los 6.000 euros y los 1.200.000 euros. En los supuestos más graves, la sanción también podrá incluir la clausura temporal de las instalaciones del fabricante o comercializador.

La nueva norma supone una garantía más de protección de la salud de los ciudadanos y del medio ambiente, al disuadir a los fabricantes, importadores o usuarios intermedios de incumplir la norma europea. También evitará la competencia desleal entre empresas.

Fuente: La Moncloa

Categorías: Legislación